Economía
Tras la caída del sistema, ARCA prorrogó el plazo para presentar las obligaciones impositivas

La decisión es de carácter excepcional y para “evitar perjuicios a los contribuyentes”. La medida será formalizada en las próximas horas con la publicación de una resolución en el Boletín Oficial.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó que las obligaciones impositivas que vencían el 30 de julio, se podrán presentar hasta el 1° de agosto, inclusive.
La medida es de carácter excepcional tras la caída del sistema informático del organismo durante este miércoles por la mañana. La prórroga de la presentación de fideicomisos financieros y participaciones societarias será formalizada en las próximas horas en una resolución publicada en el Boletín Oficial.
“ARCA reconoce los contratiempos que pudieran haber generado los problemas técnicos ocurridos el jueves y propone esta prórroga para evitar perjuicios a los contribuyentes”, justificó el organismo recaudador.

Desde la agencia no se aclaró si se trató de una falla interna, una actualización del sistema o un hackeo externo.
Qué obligaciones se podrán presentar hasta el 1° de agosto ante ARCA
Las personas humanas o empresas con CUIT terminados en 7, 8 y 9 podrán presentar las siguientes obligaciones hasta el viernes 1° de agosto inclusive:
- Fideicomisos financieros y no financieros
- Participaciones societarias y manifestación de capacidad contributiva.

La información debe enviarse a través del servicio “Régimen de Información de Participaciones Societarias y Rentas Pasivas”. Se debe contar con clave fiscal.
Monotributo 2025: hasta cuándo hay tiempo para hacer la recategorización en ARCA
Los contribuyentes del Monotributo tienen tiempo hasta el 5 de agosto para realizar la recategorización ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Se trata de la segunda recategorización anual contemplada en la ley 24.977 de régimen simplificado. Las nuevas escalas se actualizan de forma semestral.
Desde julio, la categoría más baja, la A, pasará a poder facturar de manera anual algo más de $8,99 millones, mientras el máximo de ingresos para permanecer en el Monotributo será de $94.80 millones para la categoría K.
A continuación, los topes de facturación anuales del Régimen Simplificado:
- Categoría A: pasaría de $7.813.063,45 a $8.99 millones;
- Categoría B: $11,44 millones a $13.17 millones;
- Categoría C: $16,05 millones a $18.47 millones;
- Categoría D: $19,92 millones a $22.93 millones;
- Categoría E: $23,43 millones a $26.97 millones;
- Categoría F: $29,37 millones a $33.80 millones;
- Categoría G: $35,12 millones a $40.43 millones;
- Categoría H: $53,29 millones a $61.34 millones;
- Categoría I: $59,65 millones a $68.66 millones;
- Categoría J: $68,31 millones a $78.63 millones;
- Categoría K: $82,37 millones a $94.80 millones.
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