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Provinciales

Sentencian al exintendente de 25 de Mayo, David Bravo

David Bravo está imputado por un delito relacionado a la trata de personas, Además, está acusada la dueña del local, Nuris Caraballo, y el comisario Miguel Oyarce. La lectura de sentencia es a las 10 de la mañana.

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El Tribunal Oral Federal de Santa Rosa dará a conocer hoy la sentencia contra el ex exintendente y actual concejal de 25 de Mayo, David «Sapo» Bravo acusado del delito de trata de personas con fines de explotación sexual. También contra la dueña del prostíbulo, Nurys Caraballo Castillo, el comisario, Miguel Angel Oyarse.

Durante los alegatos, la fiscala Federal de Santa Rosa, Iara Silvestre solicitó que Bravo sea condenado a 5 años de prisión y se lo inhabilite por 3 años para ejercer cargos públicos. También pidió 5 años de prisión para Caraballo Castillo, y tres años de prisión para Oyarse.

Para Silvestre quedó probado, en el caso de Bravo, el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso ideal con la participación necesaria en el delito de trata de personas en la modalidad de acogimiento de mujeres mayores de 18 años mediando abuso de su situación de vulnerabilidad, con fines de explotación sexual mediante el facilitamiento y obtención de provecho económico de su comercio sexual, cometido en perjuicio de más de tres víctimas y en el delito de sostenimiento de una casa de tolerancia.

Caraballo fue imputada como autora de ese delito. Y el comisario Oyarse por encubrimiento.

Silvestre argumentó que Bravo «sabía lo que pasaba» dentro del local cuando prorrogó la habilitación con otro nombre porque inclusive ya había salido el tema en los diarios. «Sabía lo que allí pasaba, tenía noticia por los medios y por denuncias anónimas, todo el mundo sabía que allí funcionaba un prostíbulo. Tenía 8 mil habitantes el pueblo, ¿todos sabían menos el intendente, que le hizo un trámite exprés en un día a esta señora para poder cambiarle el nombre?», planteó. También extendió esta argumentación al entonces comisario del pueblo.

«Ni Bravo ni Oyarse pueden decir que desconocían lo que allí sucedía», insistió, durante el alegato. En julio de 2010 ya había noticias en los diarios de las habilitaciones irregulares. Una de las pruebas fundamentales son las libretas sanitarias que las mujeres debían completar en el municipio, con controles ginecológicos y de enfermedades de transmisión sexual.

Bravo cumplió con una condena del año 2013 a siete meses de prisión en suspenso y 14 meses de inhabilitación para ejercer cargos públicos por el delito de abuso de autoridad. Fue por la habilitación irregular del cabaret «El Rancho». La Justicia Federal había condenado en 2010 a Omar Javier Ulrich, dueño de ese cabaret, a cuatro años de prisión. Fue la primera condena por trata de personas de La Pampa.

Defensas

El abogado Gastón Gómez, que defiende a Bravo, pidió la nulidad de la causa por la teoría del «fruto envenenado», es decir, cuestionó la legalidad del primer allanamiento al local, que haría caer todo el resto de las pruebas generadas a partir de ese paso inicial.

En segundo término, apuntó a que a que estaría prescripto el delito que se le imputa al jefe comunal. Cabe recordar que los hechos que se juzgan se sucedieron entre 2010 y 2012.

El abogado sostuvo que Bravo desconocía que hubiera trata o prostitución en el local, que primero estaba habilitado como wiskería y luego, a partir de la ordenanza que las prohibía, como un restobar.

«¿Cómo podía saber que eran personas vulnerables que eran explotadas sexualmente? Esto solo lo dice la fiscala. No hay pruebas ciertas, independientes, objetivas», opinó.

Las defensas de la dueña del prostíbulo de 25 de Mayo, Nurys Caraballo Castillo, y del comisario acusado de encubrimiento, Miguel Ángel Oyarse, habían pedido la absolución de sus defendidos.

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